
(E.E. 5661/20 E. 4338 16/12/20) VISTO Y CONSIDERANDO: los antecedentes remitidos por la Junta Departamental de Maldonado relativos a la Resolución N° 07669/2020 de la Intendencia solicitando anuencia para: a) constituir uno o dos fideicomisos financieros de oferta pública y/o privada con destino a repago de deuda de corto plazo y recomposición de fondos operativos, por un monto total de hasta U$S 95:000.000 o su equivalente en Unidades Indexadas o pesos uruguayos, por un plazo de 15 años, cediéndose a tales efectos los derechos derivados del cobro que tenga la Intendencia correspondientes a su calidad de beneficiario del fideicomiso SUCIVE, así como también los derechos de crédito derivados de la cobranza de Impuestos Tasas, Precios, Contribuciones y otros ingresos públicos departamentales recaudados a través de las Redes de Cobranza descentralizadas. b) Contratar líneas de crédito no revolving con instituciones financieras y/o entidades prestadoras de servicio financiero registradas ante el Banco Central del Uruguay, por un monto de hasta U$S 30:000.000 o su equivalente en Unidades Indexadas o pesos uruguayos. Los créditos serán cancelados a través de la constitución de fideicomisos financieros de oferta pública y/o privada referidos en el literal previo o a más tardar el 28 de febrero de 2022; al amparo de lo dispuesto por el Artículo 301 de la Constitución de la República.
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