Según el art. 26 de la Ley 17.555, se establece:
"Los órganos estatales o paraestatales referidos en el art. anterior deberán disponer la publicación completa de los estados contables auditados en el Diario Oficial y deberán disponer su inclusión en sus respectivas páginas "web" en Internet si éstas se hallaren en condiciones operativas. En ambos casos se incluirá una nota que deberá hacer referencia al porcentaje del capital social que pertenecen al respectivo órgano estatal o paraestatal..."
Consulta:
Se consulta sobre la situación de GAS SAYAGO S.A., en la cual ANCAP y UTE participan del capital accionario, si a efectos de cumplir con dicha normativa es pertinente que solo uno de los Entes realice la publicación o deben cumplir ambos.
Respuesta:
Resolución del Tribunal de Cuentas en Sesión del 28/07/04.
Según los art. 25, 26 y 27 de la Ley 17.555 se dispone que los Órganos del Estado, incluyendo Entes Autónomos, Servicios Descentralizados o Gobiernos Departamentales o cualquier persona pública no estatal, que sea tenedor de acciones o sea titular de participaciones, cualquiera sea el porcentaje de las mismas dentro del capital social, deberán disponer la publicación completa de los Estados Contables auditados en el "Diario Oficial" y la inclusión en sus respectivas páginas "web" en Internet, si éstas se hallaren en condiciones operativas, incluyendo, en ambos casos, una nota que haga referencia al porcentaje del capital social que pertenece al respectivo órgano estatal o paraestatal.
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A los efectos de controlar el cumplimiento de lo establecido por los Art. 26 y 27 de la Ley 17.555, este Tribunal verificará la publicación de los Estados Contables auditados, con independencia de quién efectuó dicha publicación;
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si en la publicación efectuada se hubiera omitido la información del porcentaje de propiedad estatal, la entidad participante deberá efectuar una publicación adicional con el detalle de dicha información explicando la fecha en que fueron publicados los estados contables;
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el Tribunal de Cuentas examinará el cumplimiento de la mencionada norma legal con una periodicidad anual.