PRESUPUESTOS, EJECUCIONES PRESUPUESTALES Y BALANCES DE ENTES AUTÓNOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS

 

PRIMERAS LÍNEAS URUGUAYAS DE NAVEGACIÓN AÉREA (P.L.U.N.A.)

BALANCE GENERAL

DICTAMEN

El Tribunal de Cuentas ha examinado los estados contables de Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea Ente Autónomo (PLUNA), que comprenden el Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2008, los correspondientes Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio y de Origen y Aplicación de Fondos del ejercicio anual terminado en esa fecha, sus anexos y sus respectivas Notas Explicativas. Toda la información incluida en los referidos estados contables representa las afirmaciones del Directorio de PLUNA. El Tribunal de Cuentas también ha auditado el cumplimiento por parte de PLUNA de las disposiciones legales vigentes relacionadas con los estados contables objeto de examen.

PLUNA explota indirectamente las líneas aéreas de transporte de pasajeros, correo y carga asociándose con capitales privados a través de la participación en la sociedad comercial PLUNA S.A. Este Tribunal no obtuvo el Balance de PLUNA S.A. al 31 de diciembre de 2008, información necesaria para la determinación del valor de la participación en dicha empresa que se incluye en el capítulo Otros Pasivos Largo Plazo por un total de $ 124:681.036 y para formarse una opinión sobre la razonabilidad del total de las pérdidas contabilizadas por PLUNA  de $ 145:845.046 originadas por el deterioro del patrimonio de PLUNA S.A.

Debido a la importancia de los hechos referidos en el párrafo 2 y al hecho de que no se pudo aplicar otros procedimientos de auditoría para satisfacerse en cuanto al valor de la inversión en PLUNA S.A. y el monto de las pérdidas contabilizadas por la participación en PLUNA S.A., el alcance del trabajo no es suficiente para permitir expresar, y por lo tanto no se expresa una opinión sobre los estados contables mencionados en el párrafo 1.

Sin perjuicio de lo expresado, se señala que Pluna Ente Autónomo, cuyo patrimonio es negativo, otorgó, tal como se menciona en la Nota 10, una fianza a Pluna S.A. por un monto de hasta U$S 178:000.000 para financiar la adquisición de aeronaves, disponiendo en el futuro de su patrimonio y del patrimonio estatal sin norma legal habilitante.

Con relación al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes relacionadas con los estados contables que fueron objeto de examen en el transcurso de la auditoría, PLUNA no ha dado cumplimiento a lo siguiente:

1) Artículo 1° Ley Nº 17.040  (Publicación de Balances) y Artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.555 (Publicación de estados contables de sociedades comerciales en las cuales participa el Organismo) ya que no publicó sus estados contables de los Ejercicios 1999-2007 con sus correspondientes Dictámenes de este Tribunal. Tampoco realizó la publicación de los estados contables de la empresa PLUNA S.A. 

2) Artículo 14 de la Ordenanza 81, ya que los Estados de Origen y Aplicación de fondos  y de Evolución del Patrimonio no se presentaron ajustados por inflación. 

3) Artículo 19 de la Ordenanza 81, debido a que en el Estado Comparativo de Situación Patrimonial y de Resultados no se presentaron reexpresados en moneda de cierre del ejercicio 2008 los importes correspondientes al Ejercicio 2007.