DICTAMENES SOBRE BALANCES DE INSTITUCIONES NO ESTATALES QUE PERCIBEN O ADMINISTRAN FONDOS PÚBLICOS

 

COMISIÓN HONORARIA PRO – ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE (M.E.V.I.R.)

BALANCE GENERAL

VISACIÓN

VISTO: los Estados Contables correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2008 formulados por la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, que comprenden los siguientes: Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Fondos de Efectivo, Cuadro de Bienes de Uso y Amortizaciones, Estado de Evolución del Patrimonio  y las Notas Explicativas correspondientes;

RESULTANDO: 1) que dichos Estados son remitidos al Tribunal de Cuentas a efectos de su visación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 160 del TOCAF;

2) que en esta oportunidad la visación no consistió en una Auditoría de los Estados Contables presentados, su alcance se limitó a la comprobación  de la concordancia de los importes asignados en cada rubro de los mencionados Estados con los registros contables;

3) que en oportunidad de dictaminar sobre los Esta­dos Contables del ejercicio anterior, el Tribunal de Cuentas recomendó realizar una compulsa de precios en la totalidad de los procedimientos de compras y solicitar a todos los proveedores los certificados vigentes de los organismos fiscalizadores;

CONSIDERANDO: 1) que como consecuencia de las verificaciones practicadas a los fines señalados, no se constataron diferencias entre los mencionados Estados y los Registros Contables;

2) que conforme a lo expresado en el Resultando 2) este Tribunal no ha practicado la Auditoría de los Estados mencionados de acuerdo a las Normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI);

3) que no se ha dado cumplimiento a lo estipulado en el Resultando 3);

ATENTO: a lo dispuesto por los Artículos 138 y 160 del TOCAF;  


EL TRIBUNAL ACUERDA

1) Visar el Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, el Estado de Flujo de Fondos de Efectivo, el Cuadro de Bienes de Uso y Amortizaciones, el Estado de Evolución del Patrimonio y las Notas Explicativas de los Estados Contables emitidos por la Comisión Honoraria Pro-Erradicación  de la Vivienda Rural Insalubre con el alcance expuesto, al sólo efecto de su pu­blicación;

2) En las citadas publicaciones deberá expresarse: “Los presentes Estados no han sido objeto de Auditoría por parte del Tribunal de Cuentas por lo cual no se emite opinión sobre los mismos, habiéndose verificado exclusivamente su coincidencia con los registros respectivos, las informaciones incluidas en el mismo sólo constituyen afirmaciones de la Administración del Organismo”;

3) Téngase  presente lo establecido en el Considerando 3; y

4) Comunicar la presente Resolución a la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre”.