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DICTAMENES SOBRE BALANCES DE INSTITUCIONES NO ESTATALES QUE PERCIBEN O ADMINISTRAN FONDOS PÚBLICOS |
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COMISIÓN HONORARIA PRO – ERRADICACIÓN DE LA VIVIENDA RURAL INSALUBRE (M.E.V.I.R.) BALANCE GENERAL VISACIÓN “VISTO: los Estados Contables correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2008 formulados por la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre, que comprenden los siguientes: Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Fondos de Efectivo, Cuadro de Bienes de Uso y Amortizaciones, Estado de Evolución del Patrimonio y las Notas Explicativas correspondientes; RESULTANDO: 1) que dichos Estados son remitidos al Tribunal de Cuentas a efectos de su visación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 160 del TOCAF; 2) que en esta oportunidad la visación no consistió en una Auditoría de los Estados Contables presentados, su alcance se limitó a la comprobación de la concordancia de los importes asignados en cada rubro de los mencionados Estados con los registros contables; 3) que en oportunidad de dictaminar sobre los Estados Contables del ejercicio anterior, el Tribunal de Cuentas recomendó realizar una compulsa de precios en la totalidad de los procedimientos de compras y solicitar a todos los proveedores los certificados vigentes de los organismos fiscalizadores; CONSIDERANDO: 1) que como consecuencia de las verificaciones practicadas a los fines señalados, no se constataron diferencias entre los mencionados Estados y los Registros Contables; 2) que conforme a lo expresado en el Resultando 2) este Tribunal no ha practicado la Auditoría de los Estados mencionados de acuerdo a las Normas de Auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI); 3) que no se ha dado cumplimiento a lo estipulado en el Resultando 3); ATENTO: a lo dispuesto por los Artículos 138 y 160 del TOCAF;
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