FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS BANCARIOS
BALANCE GENERAL
DICTAMEN
El Tribunal de Cuentas ha examinado el Estado de Situación
Patrimonial del Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios (F.G.D.B.)
al 31 de diciembre de 2008, el Estado de Resultados y el Estado de
Origen y Aplicación de Fondos correspondientes al Ejercicio anual
finalizado en esa fecha, presentados en forma comparativa con el
Ejercicio anterior, el Estado de Evolución del Patrimonio
correspondiente al Ejercicio anual finalizado el 31 de diciembre de
2008 y sus respectivas Notas. Toda la información incluida en los
referidos Estados Contables, expresados en pesos uruguayos,
representa las afirmaciones de la Comisión Especial de
Administración del F.G.D.B. La responsabilidad del Tribunal de
Cuentas es emitir una opinión sobre dichos Estados Contables basada
en la Auditoría practicada.
El Tribunal de Cuentas también ha auditado el cumplimiento de las
disposiciones legales relacionadas con los Estados Contables del
F.G.D.B. durante el Ejercicio anual finalizado el 31 de diciembre de
2008.
El examen fue realizado de acuerdo con normas de Auditoría emitidas
por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI).
Esas normas requieren que se planifique y realice la Auditoría para
obtener seguridad razonable acerca de si los estados contables están
libres de errores significativos. Una Auditoría incluye examinar,
sobre una base selectiva, la evidencia que respalda los importes y
las revelaciones en los estados contables y evaluar tanto las normas
contables utilizadas y las estimaciones significativas efectuadas
por la Comisión, como la presentación de los estados contables en su
conjunto. El Tribunal de Cuentas considera que el examen realizado
ofrece una base razonable para emitir una opinión.
En opinión del Tribunal de Cuentas, los referidos Estados Contables
presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes, la
situación patrimonial del F.G.D.B. al 31/12/2008, los resultados de
las operaciones y el origen y aplicación de fondos por el Ejercicio
anual finalizado en esa fecha, de acuerdo con normas contables
adecuadas y con la Ordenanza N° 81 del Tribunal de Cuentas.
En el curso de la Auditoría realizada no se han constatado
incumplimientos de normas legales relativas a los Estados
Contables. |