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DICTAMENES SOBRE BALANCES DE INSTITUCIONES NO ESTATALES QUE PERCIBEN O ADMINISTRAN FONDOS PÚBLICOS |
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COMISIÓN HONORARIA DE LUCHA ANTITUBERCULOSA Y ENFERMEDADES PREVALENTES BALANCE GENERAL DICTAMEN El Tribunal de Cuentas ha examinado los Estados Contables de la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes (CHLA-EP), que comprenden el Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2008 y los correspondientes Estado de Resultados, Estado de Origen y Aplicación de Fondos, anexos y Notas explicativas y el Balance de Ejecución Presupuestal por el ejercicio anual terminado en esa fecha. Toda la información incluida en los referidos Estados Contables representa las informaciones de la CHLA-EP. La responsabilidad del Tribunal de Cuentas es expresar una opinión sobre dichos Estados sobre la base de la auditoría realizada. El Tribunal de Cuentas también ha examinado el cumplimiento por parte de la CHLA-EP de las disposiciones legales vigentes relacionadas con los Estados Contables objeto de examen. El examen fue realizado de acuerdo con normas de auditoría emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). Esas normas requieren que se planifique y realice la auditoría para obtener seguridad razonable acerca de si los estados contables están libres de errores significativos. Una auditoria incluye examinar, sobre una base selectiva, la evidencia que respalda los importes y las revelaciones en los estados contables y evaluar tanto las normas contables utilizadas y las estimaciones significativas efectuadas por la Dirección, como la presentación de los Estados Contables en su conjunto. El examen efectuado ofrece una base razonable para emitir una opinión. Con fecha 23/12/05 la CHLA-EP interpuso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo una Demanda de Nulidad contra la Resolución RD Nº 12-45/2005 del Directorio del Banco de Previsión Social (BPS), por el avalúo que le fuera realizado por este último por el período 1/1/96 a 31/5/04. Con fecha 25/11/08 dicho Tribunal desestimó la Demanda de Nulidad interpuesta por la CHLA-EP y confirmó el acto administrativo impugnado. Tal como se señala en la Nota Nº 6.1 a los Estados, el monto adeudado sin multas ni recargos totalizó $ 7:499.737,27, que representa el 26,53% del Pasivo, desconociéndose a cuanto asciende al 31/12/08 el importe de las multas y recargos generados en el período. Debido a los efectos de lo indicado en el párrafo anterior, el Estado de Situación Patrimonial no presenta razonablemente la situación patrimonial de la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes al 31 de diciembre de 2008. En opinión del Tribunal de Cuentas, el Estado de Resultados, el Estado de Origen y Aplicación de Fondos y el Estado de Ejecución Presupuestal presentan razonablemente en todos sus aspectos importantes, los resultados de sus operaciones, el origen y aplicación de fondos y la ejecución presupuestal, por el ejercicio anual terminado en esa fecha, de acuerdo con los criterios establecidos en la Ordenanza 81 y normas legales vigentes. |